Durante
años las empresas tabacaleras han dedicado un enorme esfuerzo
creativo para que las marquillas de sus productos sean identificables,
atractivas y tentadoras. Han desarrollado campañas completas
en torno al envoltorio del producto, entregado premios, iniciado colecciones,
y usado todos los recursos publicitarios para fomentar las ventas
y conquistar nuevos mercados. Ahora esa política parece llegar
a su fin.
Las normas regulatorias de muchos países requieren que
los paquetes de cigarrillos lleven una advertencia sobre los efectos
nocivos para la salud del hábito de fumar.
En nuestro país la ley 23.344 sancionada en 1986 reglamenta
sobre estos temas y en su artículo 1† dice: Los envases en
que se comercialicen tabacos, cigarrillos, cigarros u otros productos
destinados a fumar llevarán en letra y lugar suficientemente
visibles la leyenda: EL FUMAR ES PERJUDICIAL PARA LA SALUD.
Luego de varios años de aplicación en este y otros estados
se ha comprobado que este tipo de advertencias no producen efecto
entre los fumadores ya que el anuncio suele volverse invisible
es decir pasa inadvertido o solo se contempla como un requisito legal
sin demasiada fuerza.
El Primer Tratado Internacional de Salud Pública fue promulgado
y aclamado por unanimidad de los 192 países miembros de la
OMS en la 56° Asamblea Mundial de la Salud en mayo de 2003.
El objetivo de este Convenio-marco de la OMS para la lucha antitabaco
es hacer disminuir la mortalidad debida al tabaquismo (4,9 millones
al año en 2002) limitando principalmente la publicidad y patrocinio
de los productos de tabaco.
Entrará en vigor cuando sea ratificado por 40 países.
Actualmente ha sido firmado por 95 países y ratificado por
9 (Mongolia, Fiji, Seychelles, Malta, Noruega, Nueva Zelandia,Sri
Lanka, India y Palau). En Latinoamérica ha sido refrendado
por la región del MERCOSUR (Argentina, Uruguay, Brasil y Paraguay)
y países asociados (Bolivia y Chile). Para que entre en vigencia
en Argentina debe ser ratificado por el Congreso.
La OMS prevé que, según los datos actuales, en 2020
se producirían 10 millones de muertes anuales relacionadas
con el tabaco. En nuestro país, según las cifras oficiales,
cada 15 minutos muere una persona por causas directamente relacionadas
con el tabaco, esto es, 4 a la hora, 100 al día, 700 a la semana,
3.000 al mes y unas 36.000 al año.
Este Convenio de referencia requiere ser aprobado por cada uno de
los países, mientras tanto, cada día que pase 500 jóvenes
argentinos ingresarán por día a la lista de consumidores
de cigarrillos, el único producto legal que mata a la mitad
de sus usuarios regulares.
Sobre las advertencias en los paquetes de cigarrillos el Acuerdo señala
en su artículo 11†:
Cada Parte, dentro de un periodo de tres años a partir de la
entrada en vigor del Convenio para esa Parte, adoptará y aplicará,
de conformidad con su legislación nacional, medidas eficaces
para conseguir lo siguiente:
a) que en los paquetes y etiquetas de los productos de tabaco no se
promocione un producto de tabaco de manera falsa, equívoca
o engañosa o que pueda inducir a error con respecto a sus características,
efectos para la salud, riesgos o emisiones, y no se empleen términos,
elementos descriptivos, marcas de fábrica o de comercio, signos
figurativos o de otra clase que tengan el efecto directo o indirecto
de crear la falsa impresión de que un determinado producto
de tabaco es menos nocivo que otros, por ejemplo expresiones tales
como con bajo contenido de alquitrán, ligeros,
ultra ligeros o suaves; y
b) que en todos los paquetes y envases de productos de tabaco y en
todo empaquetado y etiquetado externos de los mismos figuren también
advertencias sanitarias que describan los efectos nocivos del consumo
de tabaco, y que puedan incluirse otros mensajes apropiados. Dichas
advertencias y mensajes:
i) serán aprobados por las autoridades nacionales competentes;
ii) serán rotativos;
iii) serán grandes, claros, visibles y legibles;
iv) deberían ocupar el 50% o más de las superficies
principales expuestas y en ningún caso menos del 30% de las
superficies principales expuestas;
v) podrán consistir en imágenes o pictogramas, o incluirlos.
/TabacoUpdate